Este sábado comenzó a entrar en vigencia en Santa Fe el nuevo Código Procesal Penal Juvenil, sancionado por la ley N° 14.228 a fines de 2023. Desde la Corte Suprema provincial destacaron que la implementación del nuevo «Código de Menores» significa la eliminación de la antigua Justicia de Menores dentro del Poder Judicial, así como la modalidad de persecución penal existente.
De esta forma, en la provincia dejarán de funcionar los juzgados de menores y las investigaciones de los delitos perpetrados por chicos de entre 16 y 18 años serán realizadas por integrantes del Ministerio Público de la Acusación (MPA).
Desde la sanción de la ley 14.228 el 30 de noviembre de 2023 por la Legislatura de la provincia (promulgada el 29 de diciembre de ese año), la Corte Suprema dispuso diversas medidas para el traspaso de expedientes, funcionarios y personal de los Juzgados de Menores, así como la capacitación de los operadores judiciales de conformidad a la nueva ley.
Delito juvenil
El nuevo régimen procesal es aplicable al proceso penal para personas que al momento de la comisión del hecho calificado como delito tengan menos de 18 años y que, conforme la ley penal sustantiva, puedan ser imputadas y en su caso, ser responsables penalmente del mismo. A menores de 16 años, actualmente inimputables, se los somete a un proceso penal con el fin de absolverlos, ya que por su edad no pueden quedar detenidos.
Según las previsiones contenidas en la norma, “el ejercicio de la acción penal pública estará a cargo del MPA”, y como consecuencia de ello todos los expedientes deberán pasar al Ministerio Público. También se producirá el traspaso de magistrados, funcionarios y empleados de la Justicia de Menores del Poder Judicial. De esta manera, los magistrados de primera Instancia de Distrito de Menores de la provincia de Santa Fe pasarán a integrar los Colegios de Jueces Penales de Primera Instancia que correspondan a su asiento territorial.
Además, se creó la Unidad Fiscal Especializada en Responsabilidad Penal Adolescente (Uferpa), que funcionará en el ámbito de la Coordinación de Fiscales para la Gestión Estratégica y Persecución Penal por Objetivos Priorizados de la Fiscalía General, bajo la conducción de la fiscal Carla Cerliani.
Juicio por jurados
La normativa, aprobada por la ley provincial N.º 14.228, elimina la histórica Justicia de Menores y da paso a un sistema de enjuiciamiento acusatorio, público y oral, en sintonía con el modelo penal vigente para adultos desde 2014.
“La puesta en marcha de este sistema, junto con el juicio por jurados, nos permite decir que el proceso penal en Santa Fe se encuentra completamente adecuado a la Constitución”, afirmó la fiscal general María Cecilia Vranicich, quien encabezó la implementación desde el MPA. El nuevo régimen alcanza a adolescentes imputables —de 16 a 18 años— que cometan delitos cuya pena mínima supere los dos años de prisión, pero también contempla el abordaje institucional de menores de 16, aunque no puedan ser penalmente condenados.
La reforma incorpora herramientas como el juicio abreviado y la probation para menores. También establece nuevos criterios para la prisión preventiva, que deberá evitar el alojamiento de adolescentes junto a adultos, salvo excepciones. Las penas, en caso de corresponder, se cumplirán recién a partir de la mayoría de edad, en espacios especialmente habilitados para jóvenes.