El debate sobre las jubilaciones de privilegio: Es posible revocar derechos adquiridos?

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Mientras el presidente Milei cuestiona la moralidad de los exfuncionarios con jubilaciones de privilegio, las leyes actuales limitan su capacidad para revocar estos beneficios, generando tensiones legales y políticas.

Cuál es la situación respecto a las jubilaciones de Cristina Fernández y Amado Boudou

Para hablar sobre este tema, Canal E se comunicó con la abogada Cynthia Castro quien expresó que en cuanto a Cristina Fernández, “todavía no tiene una condena firme, a diferencia de Boudou, cuyo fallo ya ha sido confirmado y ha estado en prisión”.

Según la entrevistada, lo que argumenta el gobierno del presidente Milei es que, dado que estas personas han estado involucradas en delitos contra la administración pública, no es posible que el Estado siga financiándolas a través de sus jubilaciones de privilegio, especialmente cuando ya se han beneficiado ilícitamente del sistema.

Sin embargo, más allá de esto, “existe una ley que regula las jubilaciones de privilegio, y el presidente no tiene facultades discrecionales para actuar en este ámbito”, dijo la abogada. Y agregó: “Lo que puede hacer es ordenar a la ANSES que revise si ha habido irregularidades en la concesión o el mantenimiento de estas jubilaciones”.

Cuáles son los «vacíos» que existe en la ley con respecto a las condenas

En continuidad con el tema, Castro expresó que, lo cierto es que la ley tiene ciertos vacíos, sobre todo en relación con las condenas y lo que puede considerarse moralmente reprochable, ya que el gobierno ha tomado decisiones unilaterales en este sentido. “No obstante, es una ley y un derecho adquirido, como en el caso de Boudou, a quien se le está solicitando el reintegro de las jubilaciones”, siguió.

En cuanto a Cristina, la abogada sostuvo que, “la situación es completamente cuestionable” porque “es probable que en una sede judicial se determine que la baja de su jubilación de privilegio fue una decisión discrecional del poder ejecutivo, dado que su condena aún no es firme”. Y remarcó que si el poder ejecutivo considera que estas jubilaciones son excesivas, debería impulsar un proyecto de ley y respetar el proceso legal establecido para la revocación.

Actualmente, “las bajas deben ser aprobadas por el Congreso Nacional, ya que la ley debe ser derogada por el mismo Congreso o bien, se podría solicitar judicialmente la inconstitucionalidad de la ley”, explicó Castro. Sin embargo, “esto no implica que el gobierno pueda ordenar la baja de estas jubilaciones simplemente porque considere que los beneficiarios no son moralmente aptos, ya que estaría violando derechos».

Para finalizar, la abogada agregó: “En busca de garantizar que los corruptos no tengan acceso a estas jubilaciones de privilegio, el gobierno estaría vulnerando derechos en el caso de Cristina”.

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