Apenas la Cámara Nacional Electoral comunique su exclusión del padrón estará legalmente impedida de presidir un partido político.
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Cristina Kirchner deberá abandonar la presidencia del PJ a consecuencia de la condena por Vialidad.
La inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos para Cristina Kirchner incluida en la condena penal ratificada por la Corte Suprema, este martes, también trae aparejadas consecuencias en el plano de autoridades del Partido Justicialista (PJ) de la que es titular a nivel nacional. Más allá de que no pueda presentarse a las próximas elecciones, también deberá dejar la conducción del PJ, por lo que el cimbronazo político es mayor todavía.
Pese a que en un primer momento no estaban claros los alcances de la ratificación de la condena -más allá del comienzo de ejecución de la pena de 6 años de prisión-, fuentes judiciales consultadas por Ámbito confirmaron que la ex presidenta será excluida del padrón electoral a partir del Artículo 3, inciso e del Código Electoral Nacional.
«Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena», ingresan en el apartado de exclusiones del padrón, lo que trae aparejado que cruzado con la Ley de Partidos Políticos 23.298 no puedan estar afiliados. Si no pueden estar afiliados, entonces tampoco pueden ejercer como autoridad partidaria, según lo regulado en la normativa y más allá de las decisiones del consejo partidario en cuestión.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) ya recibió la comunicación del Juez de Ejecución Jorge Gorini por parte del Tribunal Oral Federal N°2 cuya condena fue dejada firme por la Corte Suprema. A partir de allí, la CNE reenviará la comunicación al juez federal con competencia electoral en cuyo padrón está inscripta Cristina Kirchner. A partir de ese momento, se sellará su exclusión, lo que repercutirá en su rol institucional al frente del peronismo.
Esto obligará al PJ a redefinir el esquema de autoridades partidarias, al menos en lo formal.