Golpe judicial a Milei: nombrar jueces por decreto es inconstitucional

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En un fallo con fuertes implicancias institucionales, el juez federal Alejo Ramos Padilla declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del decreto presidencial mediante el cual el Gobierno designó jueces «en comisión», es decir, sin la aprobación previa del Senado.

La decisión representa un claro límite al uso de facultades excepcionales por parte del Poder Ejecutivo.

Atenta contra la división de poderes

«La designación de jueces por fuera del procedimiento constitucional previsto atenta contra la división de poderes, la independencia judicial y el sistema de frenos y contrapesos que garantiza nuestra democracia», sostuvo Ramos Padilla en el fallo. 

Viola la Constitución 

Además, remarcó que el decreto en cuestión viola tanto la Constitución Nacional como compromisos internacionales asumidos por el país en materia de derechos humanos y administración de justicia.

La urgencia no justifica

Este tipo de designaciones transitorias, que el Gobierno justificó como necesarias para garantizar el funcionamiento de los tribunales ante la falta de cobertura de cargos, quedaron deslegitimadas judicialmente.

Para el magistrado, la urgencia no justifica eludir los mecanismos establecidos por la Carta Magna.

Buscar acuerdos políticos

La resolución podría afectar las decisiones tomadas por jueces designados bajo esta modalidad y forzará al Poder Ejecutivo a buscar acuerdos políticos en el Senado para futuras designaciones.

La oposición celebró

Desde sectores de la oposición celebraron el fallo como «una defensa del estado de derecho», mientras que fuentes del oficialismo evalúan apelar ante instancias superiores.

Límites del presidencialismo

El pronunciamiento de Ramos Padilla se inscribe en un contexto de creciente tensión entre los poderes del Estado, y vuelve a abrir el debate sobre los límites del presidencialismo y la necesidad de respetar los procesos institucionales en la designación de magistrados.

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